¿Estás interesado en alquilar una vivienda del programa ALZA?

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Beneficios de ALZA

Alquiler un 20% inferior al precio de mercado

El precio de alquiler es un 20% inferior a la tasación de mercado, según las características de vivienda y precios de la zona.

Posibilidad de reducción en el alquiler según ingresos

Posibilidad de obtener una reducción en el alquiler (subvencionada por Zaragoza Vivienda) para ingresos superiores a 1,25 IPREM ponderado 1,25 IPREM ponderado (15.000,00€) e inferiores a 2,5 IPREM ponderado (30.000,00€).

Seguro de hogar (continente) incluido

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Gestión integral del arrendamiento

Apoyo en la búsqueda de vivienda y en las gestiones relacionadas con el contrato. Gestión del cobro del alquiler y comunidad y apoyo en la gestión de las posibles reparaciones (segun LAU)

Posibilidad de
apoyo social.

Posibilidad de contar con un servicio de apoyo social para facilitar el cumplimiento de las obligaciones del arrendatario a petición de la unidad de la convivencia, durante toda la duración del contrato de arrendamiento.

Gestión integral del arrendamiento

Apoyo en la búsqueda de vivienda y en las gestiones relacionadas con el contrato. Gestión del cobro del alquiler y comunidad y apoyo en la gestión de las posibles reparaciones (segun LAU)

Posibilidad de
apoyo social.

Posibilidad de contar con un servicio de apoyo social para facilitar el cumplimiento de las obligaciones del arrendatario a petición de la unidad de la convivencia, durante toda la duración del contrato de arrendamiento.

Procedimiento a seguir

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PASO 1

BÚSQUEDA VIVIENDA


Busca la vivienda que más te gusta de entre todas las disponibles.

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PASO 2

VISITA A LAS VIVIENDAS


A través de los APIs colaboradoras se puede solicitar visitas a las viviendas.

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PASO 3

APORTAR DOCUMENTACIÓN


Cumplimenta los datos que te pida el API y acredita tus ingresos.

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PASO 4

VALIDACIÓN


Zaragoza Vivienda revisa que se cumplen los requisitos de acceso.

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PASO 5

FIRMA CONTRATO ARRENDAMIENTO


Si la vivienda cumple con las expectativas del inquilino y éste cuenta con el informe positivo de Zaragoza vivienda se formaliza el contrato de alquiler.

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PASO 1

BÚSQUEDA VIVIENDA


Busca la vivienda que más te gusta de entre todas las disponibles.

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PASO 2

VISITA A LAS VIVIENDAS


A través de los APIs colaboradoras se puede solicitar visitas a las viviendas.

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PASO 3

APORTAR DOCUMENTACIÓN


Cumplimenta los datos que te pida el API y acredita tus ingresos.

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PASO 4

VALIDACIÓN


Zaragoza Vivienda revisa que se cumplen los requisitos de acceso.

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PASO 5

FIRMA CONTRATO ARRENDAMIENTO


Si la vivienda cumple con las expectativas del inquilino y éste cuenta con el informe positivo de Zaragoza vivienda se formaliza el contrato de alquiler.

Requisitos de acceso

1

Estar empadronado en la ciudad

2

Tener necesidad de vivienda

Conforme a lo establecido en el artículo 21.2 del Decreto 211/2008, de 4 de noviembre, del Gobierno de Aragón.

3

Ingresos suficientes de la unidad de convivencia

La unidad de convivencia debe contar en su conjunto con unos ingresos netos superiores a 1,25 veces el IPREM ponderado (15.000,00€) e inferiores a 3,8 IPREM ponderado (45.600,00€).

4

La renta del alquiler no superará el 30% de los ingresos netos del inquilino

Los gastos de comunidad corren a cargo del arrendatario y no se tienen en cuenta para el cálculo del límite del 30% de la renta.

5

Estar al corriente de pago en obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

6

Superar estudio de solvencia

Obtener información favorable de Zaragoza Vivienda que garantice el pago de la renta.

7

No haber incumplido obligaciones anteriores con Zaragoza Vivienda

Obligaciones

  • Destinar la vivienda alquilada a domicilio habitual y permanente

  • Ocupar la vivienda en el plazo de un mes desde la firma del contrato

  • Abonar fianza.

  • Abonar renta y comunidad dentro los 7 primeros días del mes

  • Asumir las obligaciones establecidas en el contrato de arrendamiento, especialmente, las relacionadas con el uso y mantenimiento de la vivienda y la adecuada convivencia comunitaria. Ver modelo de contrato.

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"De conformidad con el artículo 14.11 de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, todas las denominaciones que, en virtud del principio de economía del lenguaje, se hagan en género masculino inclusivo en los textos de esta web, referidos a categorías o colectivos de personas se entenderán realizadas tanto en género femenino como masculino"